Artículo 15. Funciones de la profesión (Estatutos del Colegio Profesional de Biólogos de Aragón)
Conforme a lo previsto en el artículo 36 de la Constitución, la ley regulará el ejercicio de la profesión titulada del Biólogo y las actividades para cuyo ejercicio es obligatoria la incorporación al Colegio Profesional de Biólogos de Aragón.
Sin perjuicio de lo anterior, así como de las atribuciones profesionales y normas de colegiación que se contengan en las leyes reguladoras de otras profesiones, el Colegio Profesional de Biólogos de Aragón considera funciones que puede desempeñar el Biólogo en su actividad profesional las que a título enunciativo se relacionan a continuación:
a) Estudio, identificación y clasificación de los organismos vivos, así como sus restos y señales de su actividad.
b) Investigación, desarrollo y control de procesos biológicos industriales (Biotecnología).
c) Producción, transformación, manipulación, conservación, identificación y control de calidad de materiales de origen biológico.
d) Identificación, estudio y control de los agentes biológicos que afectan a la conservación de toda clase de materiales y productos.
e) Estudios biológicos y control de la acción de productos químicos y biológicos de utilización en la sanidad y en los sectores agrario, industrial y de servicios.
f) Identificación y estudio de agentes biológicos patógenos y de sus productos tóxicos. Control de infecciones y plagas.
g) Producción, transformación, control y conservación de alimentos.
h) Estudios y análisis físicos, bioquímicos, citológicos, histológicos, microbiológicos, inmunobiológicos de muestras biológicas, incluidas las de origen humano.
i) Estudios demográficos, epidemiológicos y nutricionales. Sanidad ambiental.
j) Consejo genético y planificación familiar.
k) Educación y divulgación sanitaria, ecológica y ambiental.
l) Planificación y explotación racional de los recursos naturales renovables, terrestres y marítimos.
m) Análisis biológicos, control y depuración de las aguas.
n) Evaluación ecológica y ambiental aplicada a la conservación de la naturaleza, el urbanismo y la ordenación del territorio.
ñ) Organización y gerencia de espacios naturales protegidos, parques zoológicos, jardines botánicos y museos de Ciencias Naturales. Biología recreativa.
o) Estudios de análisis, prevención y tratamiento de la contaminación industrial, agraria y urbana y, en general, del impacto ambiental.
p) Organización, implantación, coordinación y dirección de Sistemas de Gestión Medioambiental en organismos, empresas o en cualquier institución.
q) Enseñanza de la Biología en los términos establecidos por la legislación educativa.
r) Asesoramiento científico y técnico sobre temas biológicos y ecológicos.
s) Todas aquellas actividades que guarden relación con la Biología.