El Colegio Profesional de Biólogos de Aragón se rige al amparo del artículo 36 de la Constitución Española, del artículo 71 del Estatuto de Autonomía de Aragón, de la Ley 2/1998, de 12 de marzo de Colegios Profesionales de Aragón, y de la Ley 2/2007, de 27 de febrero, de creación, por segregación, del Colegio Profesional de Biólogos de Aragón.