Historia

El Colegio en EspaÑa
            La profesión de biólogo en el ámbito nacional ha tenido una serie de hitos históricos que pueden resumirse en los siguientes:
I.-
Creación por Ley 75/1980, de 26 de diciembre, del Colegio Oficial de Biólogos (COB). Se reconoce la profesión y se regula por el Estado, estableciéndose que para ejercer la profesión de Biólogo hay que estar inscrito como colegiado en el COB.
II.-
Establecimiento de la primera descentralización organizativa con la creación de las Delegaciones del COB en 1981, siendo las Comunidades Autónomas su ámbito territorial básico, entre las cuales surgió la Delegación de Aragón, La Rioja y Navarra precursora del COPBA.
III.-
Por Real Decreto 693/1996, de 26 de abril, se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Biólogos alcanzando la plenitud organizativa y, como novedad en el derecho español sobre Colegios Profesionales, se establecen las funciones de la profesión en su artículo 15.
IV.-
Mediante sentencias del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, de fecha 15-07-1998, 17-03-1999 y 23-03-1999, se desestiman los recursos de los Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias, de Farmacéuticos, de Médicos, de Ingenieros de Montes y de Ingenieros Técnicos Forestales al Real Decreto 693/1996 por el que se aprobaron los Estatutos del Colegio Oficial de Biólogos, lo que propició el reconocimiento legal de la competencia profesional de Biólogos a las funciones establecidas en el artículo 15 de los Estatutos en el que se incluye la elaboración de proyectos, recurrido por los Colegios de Montes y Técnicos Forestales.
V.-
Por Ley 23/1999, de 6 de julio, se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos.
VI.-
Por Real Decreto 744/2001, de 29 de junio, se modifican los Estatutos del Colegio Oficial de Biólogos una vez iniciado el proceso de segregación de las Delegaciones en Colegios Territoriales de ámbito autonómico.
VII.-
Aprobación de los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos el día 19 de julio de 2003.
VIII.-
La descentralización del Colegio se encuentra en la actualidad muy avanzada con la creación de 13 Colegios Territoriales.
IX.-
Se consigue que la actividad del biólogo sea profesión regulada de acuerdo a lo que establece el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, de reconocimiento de cualificaciones profesionales.

 


El Colegio en AragÓn

I.-
Real Decreto 458/2006, de 11 de abril, por el que se acuerda la segregación de la Delegación de Aragón del Colegio Oficial de Biólogos comenzando la creación del Colegio Territorial en la Comunidad Autónoma de Aragón.
II.-
1 de junio de 2006, presentación de la Memoria sobre la actividad profesional e interés público de la creación del nuevo Colegio ante el Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón.
III.-
26 de junio de 2006, comienzo del periodo de información pública sobre la creación por segregación del Colegio Profesional de Biólogos de Aragón. Transcurrido el plazo mensual, no se presentó ninguna alegación.
IV.-
6 de octubre de 2006, se recibe en la sede del Colegio en Aragón el anteproyecto de ley de creación del Colegio Profesional de Biólogos de Aragón de la Dirección General de Interior del Gobierno de Aragón.
V.-
11 de octubre de 2006, desde la Vicedelegación de Aragón se adjunta escrito de alegaciones al anteproyecto de creación del Colegio en lo referente al artículo 3.- Ámbito personal.
VI.-
En la sesión del día 21 de noviembre de 2006 el Gobierno de Aragón acuerda aprobar
1º. El proyecto de ley de creación por segregación del Colegio Profesional de Biólogos de Aragón.
2º. Remitir el proyecto de ley mencionado para su tramitación a las Cortes de Aragón.
VII.-
5 de diciembre de 2006, se aprueba por la Mesa de las Cortes de Aragón la remisión a la Comisión Institucional y la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de la creación del nuevo colegio, publicación que se realiza el día 15 de diciembre de 2006.
VIII.-
En la sesión de las Cortes de Aragón del día 22 de febrero de 2007, a la que asistieron por invitación dos representantes de la Vicedelegación de Aragón del Colegio, y tras un corto debate parlamentario en el que se reflejó la necesidad de aproximar a los ámbitos autonómicos los colegios profesionales debido al actual nivel de transferencias, se aprobó la creación del Colegio Profesional de Biólogos de Aragón.
IX.-
Por Ley 2/2007, de 27 de febrero, se aprueba la creación, por segregación, del Colegio Profesional de Biólogos de Aragón, publicada el día 21 de marzo de 2007 (B.O.A. nº 34) y, posteriormente, se publicó el día 12 de junio de 2007 en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E. nº 140).
X.-
En Asamblea General Extraordinaria que se celebró en la sede colegial el día 2 de junio de 2007, y por unanimidad de todos los colegiados asistentes, se aprobaron los Estatutos del Colegio Profesional de Biólogos de Aragón y quedó constituido el nuevo Colegio Territorial.
XI.-
El día 30 de julio de 2007 se abre un periodo de información pública acerca de la solicitud de inscripción de los Estatutos del Colegio Profesional de Biólogos de Aragón. Transcurrido el plazo de un mes, no se presentaron alegaciones.
XII.-
El día 26 de marzo de 2008 se publican los Estatutos del Colegio Profesional de Biólogos de Aragón en el Boletín Oficial de Aragón (nº 35).
XIII.-
Tras las correspondientes elecciones, atendiendo a lo establecido en los Estatutos recién aprobados el día 23 de junio de 2008, toma posesión la primera Junta de Gobierno como órgano ejecutivo y de representación del Colegio Profesional de Biólogos de Aragón.